|
|
|||
|
Ciudad >> Local
Gobierno del Chaco pide a un trabajador renuncie a sus derechos Constitucionales
|
|
|
|
|
|
Gobierno del Chaco pide a un trabajador renuncie a sus derechos Constitucionales y DDHH.
AL SEÑOR DIRECTOR “CARPA DE SECHEEP”: DERECHO A REPLICA N º 2.- El Sr. Gobernador de la Provincia, C.P. JORGE MILTON CAPITANICH, hizo declaraciones públicas, radiales, televisivas, y en diarios locales que me involucran directamente, en relación con el conflicto que desde hace doce años llevo con la Empresa SECHEEP.- En ejercicio de mi derecho a réplica le contesto al Sr. Gobernador, e informo a la opinión pública.- LOS ERRORES DE LAS SENTENCIAS JUDICIALES DE PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIA, A LA LUZ DEL FALLO DE LA CORTE SUPREMA EN EL CASO MADORRAN.- Hay que aclarar que el Fallo de la C.S.J.N. en el caso MADORRAN, data del 03 de Mayo del 2007, y el Fallo de CAMARA en el caso CONDE OLGADO, data del 2005.- Hasta este FALLO, los Tribunales laborales de BS. AS. cometían los mismos errores que nuestros tribunales.- Los errores de las sentencias en el caso CONDE OLGADO, consisten en lo siguiente: a).- Confunden el derecho a la estabilidad absoluta que tienen los empleados públicos, consagrada por el art. 14 bis de la C.N., con la estabilidad relativa de los empleados privados.- b).- Desconocen que las normas de orden público (Constitución Nacional., Convenios, Pactos, Resoluciones de la O.I.T.; Ley de Contrato de Trabajo; Ley de Asociaciones Sindicales; etc.) y los derechos que ellas consagran son irrenunciables, no son negociables, ni disponibles por las partes.- c).-Desconocen que la indemnización del art. 52 ley 23.551, es inaplicable al caso del empleado público con representación sindical; y no puede sustituir, ni sanear la violación de derechos y garantías constitucionales, y de derechos humanos.- d).- Limitaron el caso al marco del derecho laboral y sindical, y no advirtieron que el caso exigía un tratamiento desde la normativa de los derechos humanos.- e).- Desconocen y no aplican las directivas de la ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, sobre el derecho de las víctimas.- f).- Desconocen y no aplican todo el derecho admitido por la misma CORTE SUPREMA en el caso MADORRÁN, muy similar en varios aspectos, al caso “CONDE OLGADO”.- g).- Desconocen y no aplican el derecho a la reparación integral de los daños, el derecho al cobro de los salarios caídos, etc. h).- desconocen y no aplican el derecho internacional en caso de discriminación del trabajador, que sólo admite la reincorporación y la reparación integral del daño.- CUÁL DEBE SER LA REPARACIÓN…?: la misma que ordenó la CORTE SUPREMA en el caso MADORRÁN.- De lo contrario tendríamos que admitir que los chaqueños somos ciudadanos de cuarta; que los empleados públicos y delegados sindicales de Buenos Aires tienen más derechos que los del Chaco; y que el art. 16 de la C.N., (igualdad ante la ley), no es de aplicación en la Provincia del Chaco; porque no les conviene a las autoridades.- LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS NUEVOS FALLOS LABORALES : A).- El conflicto debe encuadrarse correctamente en la normativa vigente y aplicable sobre derechos humanos, los Convenios internacionales con la Organización Internacional del Trabajo, O.I.T., y la nueva jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.- Dicha jurisprudencia es obligatoria para todos los tribunales del PAÍS, en tanto y en cuanto interpretan y aplican la Constitución Nacional, Pactos y Tratados, a casos concretos sometidos a su jurisdicción.- El caso “MADORRÁN Marta Cristina c/ Administración Nacional de Aduanas” es un caso ejemplar.- B).- NORMAS QUE FUNDAN EL RECLAMO DEL DELEGADO SINDICAL CONDE OLGADO : La Constitución de la Nación Argentina arts. 14 bis; 16; y 75 inc.22; y 23; los Convenios, Pactos y Tratados de derecho internacional y sobre derechos humanos; los Convenios, dictámenes y Resoluciones de la O.I.T.; la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 16 de diciembre del 2005; el Fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso “Baena Ricardo y otros VS./ República de Panamá”; el Fallo de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN en el caso “Madorrán”, que confirmó el fallo de la Sala VI de la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO.- POR ESO SE RECLAMA LO SIGUIENTE : RESTITUCIÓN: Reincorporación al puesto de trabajo que ocupaba al momento del despido, cumpliendo las mismas funciones, que es la de Supervisor de Toma Estado categoría 12 con dedicación funcional (34%), función jerárquica, tareas peligrosas y/ o riesgosas, que en sede judicial según Expte. N° 4276/95 y Expte. N° 9779/97 hubo sentencia favorable al actor reconociéndosele dicho nivel jerárquico, por lo que se pretende que se abonen los salarios caídos en función de esa categoría con mas los derechos sociales Y/ ADICIONALES correspondientes (Luz, turismo social, BAE: Bonificación anual especial, L.A.O).- Reconocimiento del derecho al cargo de Jefe de Medición de Consumo. Al momento del despido.- REHABILITACION LABORAL: El derecho a la carrera administrativa fue interrumpido por el despido injusto y arbitrario, por lo que se solicita la adecuación jerárquica.- El PAGO DE LOS SALARIOS CAIDOS; Y LA INDEMNIZACIÓN INTEGRAL POR LOS DAÑOS CAUSADOS, tal como dispone la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “MADORRAN”; la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “BAENA”; y la ASAMBLEA GENERAL DE LA NACIONES UNIDAS en su Resolución del 16 de Diciembre del año 2005, sobre el derecho de las víctimas.- El ESTADO PROVINCIAL, está obligado a dar una satisfacción integral y a dar garantías y seguridad al trabajador de que no será perseguido ni discriminado.- Reiteramos que, las violaciones de derechos humanos comprometen al ESTADO NACIONAL y al Estado Provincial.- LO QUE HA COMUNICADO EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL : En Diario Norte del 14 de Julio 2012, dice que : “La readmisión de Conde Olgado a Secheep está atada a que desista de juicios contra el Estado”; y en cuadro aparte dice “Cobró indemnización”.- Y luego dice la nota que :” Las críticas del dirigente Miguel Conde Olgado, molestaron al Gobernador Capitanich, quien además de pedirle respeto en sus consideraciones ,expuso que debe desistir de los juicios contra el Estado para su reincorporación, tal cual lo especifican resoluciones de Fiscalía de Estado y del Tribunal de Cuentas”….y más adelante dice que “ los dictámenes impiden al Ejecutivo provincial y a Secheep, mantener cualquier tipo de negociación, sin que Conde Olgado desista de proseguir con las acciones judiciales contra el Estado…”.- CONTESTO AL GOBERNADOR : En primer lugar le digo con todo respeto y para ayudarlo, Sr. Gobernador, urgente, cambie su equipo de asesores jurídicos, cambie a los Abogados de Fiscalía de Estado, y a los Abogados y Contadores del Tribunal de Cuentas, porque si así lo asesoran a Ud., la Provincia está en grave peligro.- Como ha quedado minuciosamente detallado en la primera nota y en esta, los derechos que reclamo se fundan en normas Constitucionales, de los Pactos y Tratados, Resoluciones y Convenios con la O.I.T., en la Ley de Contrato de Trabajo, en la Ley de Asociaciones Sindicales, en Fallos de nuestra Corte Suprema y de la Corte Interamericana de DDHH; y dichos derechos están reconocidos implícitamente en el Fallo firme de la Cámara del Trabajo de Resistencia.- Y TODOS ESOS DERECHOS SON IRRENUNCIABLES.- Y Ud. y sus “asesores”, me piden que renuncie a derechos que son irrenunciables, y que traicione y viole todas las conquistas laborales y sindicales , de los trabajadores argentinos y de todo el mundo, conseguidas con “sangre ,sudor y lágrimas”, durante siglos de lucha.- Ud. y sus “asesores”, me ofenden a mí, y a toda la clase trabajadora; porque me instigan a traicionar la Constitución, la ley, y la ética sindical, en base a una propuesta “extorsiva”; que si no renuncio a mis derechos y a las acciones judiciales emprendidas, NO RECUPERO MI TRABAJO, que por la Constitución, los Pactos y Tratados, Convenios y Resoluciones de la O.I.T., Ley de Contrato de Trabajo, Ley de Asociaciones Sindicales, y Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, me corresponde.- Y Ud. y sus “asesores” han invertido la pirámide jurídica y el orden de prelación de las leyes, ya que por encima de todas la normas que he mencionado, han puesto los “sesudos” dictámenes de la Fiscalía de Estado y del Tribunal de Cuentas.- Yo soy un simple trabajador , y en la lucha y a golpes he aprendido que la Constitución es la Ley Suprema de la Nación, y que es la base de todas las leyes, decretos, reglamentos y resoluciones; y que ninguna norma puede ir contra la Constitución, válidamente.- Una ley o norma que no esté legitimada en la Constitución, no tiene validez y debe ser descartada.- Y lo que Ud. y sus “asesores” me proponen, es un fraude, va contra todas las normas constitucionales, convencionales, y de derechos humanos, y de la ética pública.- Yo soy un simple trabajador despedido, y Ud es el Gobernador, un profesional egresado de la Universidad Nacional de Nordeste, y ha sido SENADOR de la NACION; no tiene forma de justificar el desconocimiento de la Constitución, de los Pactos, y de las leyes.- URGENTE, Sr. Gobernador, cambie a todos sus asesores ,por su bien y el de la Provincia.- Para terminar con mi contestación, quiero reconocer que el Contador Capitanich siendo candidato a Gobernador ,me prometió que si ganaba la gobernación solucionaría mi conflicto.- Luego de asumir como Gobernador, se acercó a la “Carpa de Secheep”, en varias oportunidades y me dijo que había ordenado a sus funcionarios, solucionar urgente mi caso.- Por esa actitud le estoy muy agradecido.- Varios funcionarios se comunicaron conmigo y me propusieron solucionar el conflicto.- Yo les contesté con la propuesta más racional y de sentido común posible: que me reincorporen a mi trabajo, y que todos los demás reclamos sigan la via judicial correspondiente, y que sea la Justicia la que diga quién tiene derecho.- Pero no quisieron.- Piden que yo renuncie a todos mis derechos laborales.- Es obvio que no creen, ni confían en la Justicia del Chaco.- Yo hace 12 años que vengo reclamando lo mismo, mis derechos laborales y sindicales, conculcados por el Estado Provincial.- El Gobernador Capitanich ,me prometió en el año 2007 que solucionaría mi conflicto; y hace cuatro años y medio que gobierna la Provincia y no han solucionado mi problema.- Y después de todo este tiempo me piden que renuncie a todos mis derechos.- Juzgue el lector quien ha actuado con principios, coherencia y sentido común.- Como dice el refrán:” son todos buenos paisanos, pero el poncho no aparece”.- ATENTAMENTE MIGUEL BENITO CONDE OLGADO “Carpa de Secheep” |